Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este jueves un criterio obligatorio que cierra una vía legal a las llamadas factureras.
Al resolver una contradicción de criterios entre tribunales, el Pleno de la Corte determinó que los jueces no podrán conceder suspensiones provisionales que permitan a los contribuyentes seguir emitiendo comprobantes fiscales mientras están sujetos a un procedimiento de verificación por la presunta expedición de comprobantes falsos.
Bajo el proyecto de la ministra María Estela Ríos González, el máximo tribunal del país consideró que otorgar medidas cautelares en estos casos podría facilitar conductas ilícitas y obstaculizar las facultades de fiscalización y el combate a la evasión fiscal.
“La suspensión en el juicio de amparo exige que el juzgador pondere simultáneamente la apariencia del buen derecho frente al interés social y al orden público”, dijo.
La contradicción de criterios 55/2026 surgió porque dos tribunales colegiados resolvieron de manera opuesta si debía permitirse a contribuyentes seguir emitiendo CFDI durante una verificación por presunta falsedad. Un tribunal concedió la suspensión provisional por la posible afectación económica y otro la rechazó por considerar que perjudicaba el interés social.
El proyecto de Ríos González hizo prevalecer este último criterio y estableció como jurisprudencia que los jueces no podrán conceder esa suspensión, pues permitir la facturación obstaculizaría el trabajo de la autoridad fiscal durante la verificación y también el combate a comprobantes falsos y la evasión fiscal.










