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SCJN atrae caso de César Duarte y definirá alcance de la regla de especialidad

El caso del exgobernador de Chihuahua, César Duarte Jáquez, llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que determinará si una persona extraditada desde Estados Unidos puede ser procesada en México por hechos o delitos distintos a aquellos que motivaron su entrega.

El asunto gira en torno a la llamada “regla de especialidad”, contemplada en el Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, la cual establece que una persona extraditada no puede ser procesada por delitos diferentes a los que originaron su entrega, salvo que el Estado requerido otorgue su consentimiento.

César Duarte fue entregado por autoridades estadounidenses a México el 2 de junio de 2022, para ser procesado en Chihuahua por su probable responsabilidad en los delitos de asociación delictuosa y peculado, relacionados con un monto superior a 96 millones de pesos. Posteriormente, en agosto de 2023, el exgobernador promovió un amparo contra actos de autoridades estatales, de la Fiscalía General de la República y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, al considerar irregular el procedimiento utilizado para obtener autorización de Estados Unidos para procesarlo por una causa penal distinta.

Una jueza federal determinó dejar sin efectos la audiencia inicial celebrada el 23 de agosto de 2023 y las actuaciones posteriores, así como la ejecución de la orden de aprehensión derivada de esa causa, además de ordenar la libertad del exmandatario. Las autoridades federales impugnaron la resolución al considerar que la juzgadora confundió el procedimiento de extradición con el mecanismo diplomático mediante el cual un Estado solicita autorización para procesar a una persona extraditada por otros hechos.

Las autoridades sostuvieron que dicho trámite constituye un mecanismo de cooperación internacional entre Estados soberanos y no un nuevo procedimiento de extradición ni un proceso penal, por lo que, desde su perspectiva, el extraditado no tendría derecho de audiencia durante esa etapa diplomática.

Ante la relevancia jurídica del asunto, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito solicitó a la Suprema Corte atraer el amparo en revisión. Este miércoles, el Pleno de la SCJN decidió, por mayoría de votos y sin discusión, ejercer su facultad de atracción.

Con ello, la Corte deberá establecer los alcances de la regla de especialidad y determinar si, antes de que Estados Unidos autorice el procesamiento por hechos distintos, la persona extraditada debe contar con derecho de audiencia dentro del procedimiento diplomático. La resolución podría sentar un precedente para futuros casos de extradición y cooperación judicial entre ambos países.

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