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Sin pruebas suficientes para procesarlo, policía municipal recupera su libertad

La libertad y la presunción de inocencia marcaron la resolución judicial en el caso del policía municipal Cristian Abraham M. M., la tarde de este martes, luego de que un juez de Control determinara no vincularlo a proceso por los delitos de violación agravada y abuso de autoridad, por lo que quedó en libertad durante el transcurso de este martes.

La decisión se tomó durante la audiencia en la que se analizó su situación jurídica, luego de que la Fiscalía de Distrito Zona Centro le formulara imputación por una presunta agresión sexual ocurrida el 20 de septiembre de 2026. De acuerdo con la investigación ministerial, el agente habría cometido los hechos contra un hombre al que detuvo por delitos contra la salud en la colonia Sierra Azul, en Chihuahua capital. El policía fue aprehendido el 21 de octubre y permanecía bajo la medida cautelar de prisión preventiva.

En torno al caso, el comisario de la Policía Municipal, Julio Salas González, señaló previamente que el denunciante presuntamente había solicitado una compensación económica por los daños antes de que avanzara el proceso. De acuerdo con los antecedentes referidos, el hombre, identificado como Marcos “N”, de 38 años, cuenta con siete detenciones por presunto narcomenudeo y una por robo de vehículo; además, se indicó que presuntamente se dedica a la venta de drogas en la zona sur de la ciudad y que recientemente habría salido del Cereso. Sin embargo, estos antecedentes no determinan la veracidad de la denuncia ni sustituyen la valoración judicial de los hechos.

La resolución representa un punto importante para el agente, quien no podrá ser considerado responsable penalmente por las acusaciones únicamente por haber sido imputado. La no vinculación a proceso no equivale necesariamente a una sentencia absolutoria, pero sí significa que el juez determinó que no se cumplían los requisitos legales para sujetarlo a proceso en esta etapa. El caso pone de relieve la importancia de que toda acusación sea examinada con rigor y que los derechos de las personas involucradas sean respetados, bajo el principio de presunción de inocencia establecido en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

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