Hoy es 22 de Noviembre de 2024, Chihuahua, MX.

La Fiscalía Anticorrupción consiguió de la juez de control, el auto de Vinculación a Proceso, en contra de S.I.H.P. quien fuera detenida el pasado 23 de octubre, por el delito de Peculado con penalidad agravada, toda vez que dijo haber encontrado indicios que presumen la comisión de la conducta delictiva que se le imputó por parte de la representación social, en calidad de coautora ya que en, su momento, en conjunto con otros servidores públicos dispusieron de bienes propiedad del municipio de Nuevo Casas Grandes, Chihuahua.

Luego de haber escuchado los alegatos de la defensa, la autoridad judicial, desechó algunos de los argumentos vertidos por los abogados en contra de los antecedentes del Ministerio Público, así como de la imputada, quien asesorada por su defensa, decidió declarar durante las audiencias, de quien dijo reveló un escenario de la mecánica que permitió suponer la existencia de una comunidad delictual, es decir la colaboración y participación conjunta de varias personas, en este caso, servidores públicos, en la comisión de un delito o de varios delitos relacionados.

A decir de la impartidora de justicia, S.I.H.P., en su calidad de secretaria del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes, tenía la obligación de fungir como fedataria de los actos realizados por el Ayuntamiento, como lo fue, entre otras cosas, validar los títulos de propiedad de los predios referidos en la causa penal 3980/2023, mismos que, se presume, firmó de manera consciente y voluntaria, a sabiendas de las irregularidades en el proceso de desincorporación de los bienes del municipio, lo que revela un conocimiento pleno de que se transgredía las disposiciones normativas.

Por lo anterior, luego del Auto de Vinculación a Proceso, se fijó un plazo de 3 meses para la Investigación Complementaria, plazo en que la imputada se mantendrá con la medida cautelar de Prisión Preventiva Justificada, impuesta por la jueza conocedora de la causa penal en mención

*De acuerdo con las leyes y normas vigentes, las personas imputadas se presumen inocentes mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia firme, emitida por el órgano jurisdiccional (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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