Hoy es 23 de Diciembre de 2024, Chihuahua, MX.

Con la mayoría calificada de 410 votos a favor, 24 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que adiciona diversas disposiciones a los artículos 4º y 5º de la Constitución Política, en materia de protección a la salud.

Se determina que, para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.

También, precisa que queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquier otra actividad relacionada con dichas sustancias.

En el régimen transitorio hace mención que el Congreso de la Unión, en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente decreto.

Por su parte, las legislaturas de las entidades federativas deben realizar las adecuaciones normativas previstas, dentro de los 365 días naturales siguientes a la publicación de este ordenamiento.

Además, las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se llevarán a cabo con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto responsables para el presente ejercicio fiscal, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal, así como de diversas propuestas conexas de diputadas y diputados.

Argumenta que de conformidad con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición Continua 2022, el uso de cigarros electrónicos en población adolescente alcanzó un 2.6 por ciento del conjunto de referencia (aproximadamente 500,000) y un 1.5 por ciento de la población adulta (alrededor de 300,000).

Por lo que toca al vapeo, la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios informó que para 2022 alrededor de cinco millones de personas entre 12 y 65 años de edad hablan usado alguna vez un vapeador, mientras que su uso regular se presentó en 975 mil personas.

En cuanto a las drogas sintéticas, como el fentanilo y la metanfetamina, añade que las actividades de su producción a su consumo se han incrementado, lo mismo que su combate por las instituciones de seguridad del Estado mexicano.

Para la discusión en lo particular, el presidente de la Mesa Directiva, diputado Sergio Gutiérrez Luna (Morena), informó que se presentaron propuestas de modificación a los artículos 4º y 5º, así como los transitorios Tercero, Cuarto y Quinto del proyecto de decreto.

Protección de la salud de las personas

Al dar cuenta de una síntesis, Gutiérrez Luna expresó que el dictamen contempla la garantía de derecho a la protección de la salud de las personas, mediante la sanción de toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás dispositivos analógicos.

También, la producción, distribución y enajenación de sustancia toxicas, precursores químicos, además del uso ilícito de drogas sintéticas no autorizadas, tales como el fentanilo, subrayó.

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Yuliana Nieto

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