Hoy es 31 de Mayo de 2025, Chihuahua, MX.

Ciudad de México. Con mayoría de 60 votos a favor y 3 en contra el pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó la iniciativa de reforma al Código Penal que sanciona las agresiones mediante pinchazos y que incluye además el vertido de drogas en bebidas alimentos y otras formas de suministrar sustancias de forma subrepticia o mediante engaño.

La sanción contemplada por ese tipo de conductas en la reforma va de dos a 5 años de prisión y de 50 a 300 días de multa, (13 mil 900 a 83 mil 640 pesos), se aplicará con independencia de la finalidad con la que se realice y contempla agravantes que elevan la pena hasta una máxima de 7 años y seis meses.

El delito se perseguirá de oficio y se aplicará la misma sanción a quien pretenda hacer creer a otra persona que suministró alguna sustancia por cualquier medio.

Al presentar al pleno la iniciativa, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Alberto Martínez Urincho, dijo que el incremento de las denuncias por pinchazos en espacios públicos, en particular el Metro, obligó a tipificar la conducta como un delito autónomo, al no existir en la legislación penal vigente esa modalidad de agresión que implica la administración subrepticia de sustancias.

Explicó que la configuración del delito de lesiones suele requerir la acreditación de un daño físico determinado, que en algunos casos de pinchazos no es posible demostrar de manera inmediata, ya sea por la ausencia de signos visibles o por la rápida metabolización de las sustancias administradas, lo que implica un desafío para la autoridad en su persecución penal.

“La falta de un tipo penal autónomo limita la capacidad de autoridades para investigar y sancionar de manera efectiva estas conductas al depender de figuras jurídicas que no fueron diseñadas para atender estas nuevas modalidades delictivas. En consecuencia, es indispensable contar con un tipo penal específico a fin de robustecer la protección jurídica de las víctimas de pjnchazos y orientar la sanción de las personas encargadas de la procuración de la justicia”.

La reforma elaborada a partir de la iniciativa que envió la jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina y las que presentaron la diputada del PRI, Tania Larios y del PVEM, Jesús Sesma, adiciona al Código Penal un capítulo denominado “administración subrepticia de sustancias” al título relativo a los delitos contra la vida, la integridad corporal, la dignidad y el acceso a una vida libre de violencia, para sancionar a quien “administre, introduzca, suministre o aplique cualquier sustancia, de manera subrepticia o mediante engaño”

Precisa que “sustancia es aquella que produzca alteraciones en la conciencia, la voluntad, la salud, el estado físico mental de una persona” y “podrá realizarse por cualquier vía, incluyendo oral, intravenosa, intramuscular, dérmica o subcutánea, mediante el uso de bebidas, alimentos, objetos punzocortantes, inyecciones, agujas o cualquier otro medio”.

Las hipótesis de agravante son cuando la sustancia se psicotrópica, narcótica, psicotrópica o tóxica y ponga en peligro la vida o la salud de la víctima; ésta sea menor de edad, mujer o persona con discapacidad, adulta mayor o de algún grupo de atención prioritaria; el hecho ocurra en medios de transporte público, instalaciones públicas o eventos de concurrencia masiva; se realice contra dos o más personas; tenga como finalidad facilitar la comisión de otros delitos; sea perpetrado por dos o más personas o un grupo de manera coordinada o se realice en un lugar cerrado o con acceso restringido.

La bancada de Movimiento Ciudadano votó en contra al asumir una postura antipunitivista y afirmar que no por integrar la conducta al Código Penal va a desaparecer.

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