Hoy es 24 de Abril de 2025, Chihuahua, MX.

Por unanimidad, con 476 votos a favor de todos los partidos políticos, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que endurece las penas y sanciona hasta con 30 años de cárcel al que trafique e introduzca armas al país.

Al mismo tiempo, debido a la ola de violencia del crimen organizado, se facilitan los permisos para tener un arma en el domicilio y defender sus bienes de los delincuentes.

También permite “el uso de armas en áreas estratégicas y de seguridad pública como empresas públicas, paraestatales y órganos autónomos, entre ellos, Pemex, CFE, Banxico, Casa de Moneda y el SAT, para que quienes pertenezcan a estas empresas puedan portar armas de fuego para funciones de seguridad”.

Aunque sólo dos diputados del PRI votaron en abstención, todos los grupos parlamentarios reconocieron el “fortalecimiento del control sobre la posesión de armas”, “el derecho a la legítima defensa dentro del ámbito doméstico”, las “medidas eficaces para combatir las correas del crimen organizado”, las “campañas educativas a nivel nacional para sensibilizar a la población”, entre otros detalles.

Con diversas modificaciones, quedó avalada la iniciativa que dejó en su último año de gobierno el expresidente López Obrador, y se turnó al Senado para su discusión y votación.

¿Cuáles son las sanciones por introducir armas de fuego a México?

El dictamen establece que “se impondrá de 7 a 30 años de prisión y multa de doscientas cincuenta a dos mil veces el valor diario de la UMA a la persona que participe en la introducción de armas al territorio nacional de forma ilícita, de aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, así como armas y cargadores reservados para el uso exclusivo de la Fuerza Armada”.

También se asegura el derecho legítimo de las comunidades ejidales y comunales a la posesión responsable de armas para fines lícitos, estableciendo los calibres con precisión y se prohíbe que militares retirados puedan usar armas de su propiedad para dar servicios de seguridad privada.

Destaca que se aplicarán penas de 7 a 15 años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA, a las personas que dispongan indebidamente de las armas de las instituciones policiales y de procuración de justicia federales, estatales, de la Ciudad de México, de las alcaldías o de la Fuerza Armada.

Con información de El Financiero

About Author

Editor

WhatsApp