Hoy es 05 de Mayo de 2024, Chihuahua, MX.

Con 22 votos a favor, 8 en contra y 0 abstenciones, el Pleno del Congreso del Estado aprobó en lo general y en lo particular el dictamen de la reforma al Poder Judicial del Estado.

Dicho dictamen fue aprobado con los votos de los 15 diputados del PAN que coordina Alfredo Chávez; 5 del PRI, coordinados por Noel Chávez y por los votos a favor de la diputada morenista Adriana Terrazas y el representante de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez.

Mientras que los 8 votos en contra fueron por parte de los diputados locales de Morena, los cuales son coordinados por Cuauhtémoc Estrada.

Se trata del dictamen con carácter de decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; así mismo, se deroga el Artículo Cuarto Transitorio, del Decreto No. LXVII/RFCNT/0249/2022 II P.O., en relación con el Poder Judicial del Estado, y cuya iniciadora fue Myriam Hernández, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua (TSJE).

La reforma al Poder Judicial versa en modificaciones a los artículos 99, 100, 101, 103, 104, 105, 109, 110 y 112 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, mismos que hablan sobre:

– Duración de actividad como patronos, abogados o representantes en procesos ante los órganos del Poder Judicial, luego de concluir sus encargos como titulares de magistraturas y de consejerías de judicatura.
– Número de personas que integran el Pleno o las Salas del Tribunal Superior de Justicia, podrá aumentar o disminuir, mediante acuerdo aprobado por la mayoría de las y los integrantes presentes del Pleno del Tribunal Superior.
– Emisión de convocatorias públicas para el concurso de oposición, para personas que presten sus servicios en el Poder Judicial, como personas externas al mismo, bajo el principio de paridad de género.
– Análisis de la Idoneidad de los perfiles de las personas aspirantes a diversos cargos del Poder Judicial, por parte del Consejo de la Judicatura.
– Integración de terna por cada sala o vacancia por parte del titular del Poder Ejecutivo Estatal, así como enviarla al Pleno del Congreso del Estado para su votación.
– No estar inscrita o inscrito en el Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas de Chihuahua.
– Presupuesto de Egresos del Poder Judicial.
– Ponencias y comités en el Poder Judicial.
– Integración del Pleno del Consejo del Poder Judicial.

Además, al aprobar una serie de reservas, se planteó que:

-Cuando el Pleno del Congreso del Estado rechace la totalidad de la terna propuesta, quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo Estatal presentará una nueva que deberá integrarse con personas distintas a la anterior, en un plazo de quince días hábiles, reiniciándose el plazo para que el Congreso haga el nombramiento.
-En caso de que se diera un nombramiento provisional será por una ocasión y hasta un máximo de veinticuatro meses.

Por último, en los artículos transitorios se plantea que el Consejo de la Judicatura tendrá 180 días hábiles para expedir los reglamentos, lineamientos y demás instrumentos necesarios para regular su funcionamiento.

Cabe hacer mención que, en lo relativo a las reformas de carácter Constitucional se enviará copia de la iniciativa, del dictamen y del Diario de los Debates, a los ayuntamientos de los 67 municipios que integran la Entidad para que en su caso se realice el cómputo de los votos y de ser así, se emita la declaratoria correspondiente.

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