Reforma Congreso ordenamientos estatales en materia de archivos

En Sesión Ordinaria, el Pleno Legislativo reformó la Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua y la Ley del Archivo General del Estado, con el propósito de dar certeza jurídica y congruencia, con relación a la Ley General de Archivos.

El dictamen fue presentado por el diputado Octavio Borunda Quevedo, en representación de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Parlamento Abierto, quien expuso que, con las adecuaciones realizadas se busca fortalecer la gestión documental, la transparencia y la conservación de la memoria institucional.

En este sentido, dentro de las modificaciones realizadas, se estableció que en ningún caso, la entidad receptora podrá modificar los instrumentos de control y consulta archivísticos; además, que el Consejo Nacional de Archivos será el único facultado para emitir lineamientos sobre documentos electrónicos.

Además, se crea un Comité Técnico del Archivo General del Estado, integrado por trece personas especialistas que no recibirán remuneración, el cual asesorará en las materias históricas, jurídicas, de tecnologías de la información y las disciplinas afines al quehacer archivístico.

Además se precisó que las infracciones administrativas, serán graves si son cometidas en contra de documentos que contengan información relacionada con violaciones a derechos humanos.

Por último, resaltó que con la labor realizada, se busca garantizar la correcta preservación de los archivos estatales y asegurar el acceso a la información pública, en concordancia con los principios de transparencia y rendición de cuentas.

En lo que respecta a la Ley de Archivos para el Estado, se reformaron los artículos 19; 51; 71 fracción XII y párrafo antepenúltimo; 84; 88; 122 fracciones I, II, III, IV, V y VI; se adicionó al artículo 71 la fracción XIII; y un párrafo quinto al artículo 123; y se derogaron la fracción VII del artículo 71; los artículos 85; 86; 87; y la fracción IV, del artículo 89.

De la Ley del Archivo General del Estado de Chihuahua, se reformaron los artículos 13; y 17; y se derogaron del artículo 10, la fracción IV; y los artículos 14; 15; y 16.

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