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Aprueba Comisión de Justicia proyecto de dictamen

Las y los integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron un proyecto de dictamen referente a las penas en delitos cometidos por retención de cadáveres en condiciones inadecuadas, así como en materia de tratamiento indigno de personas fallecidas.

En este sentido, el proyecto que se presentará ante el Pleno para su votación en la próxima sesión, incluye tres asuntos propuestos por legisladores de los partidos Acción Nacional, MORENA y Movimiento Ciudadano:

Asunto que pretende reformar el artículo 322 del Código Penal del Estado, con el propósito de modificar las penas en los delitos cometidos en el ejercicio de la profesión, cuando sin justificación legal, se retenga un cadáver en condiciones inadecuadas para su conservación; busca imponer de 6 meses a dos años de prisión, multa de quinientas a dos mil veces el valor de la UMA y la suspensión de tres a dos años para ejercer profesión.

Además de esto, la pena de prisión aumentará hasta en una mitad cuando se tenga retenido el cadáver en condiciones inadecuadas para su conservación o que sean degradantes o vejatorias para la persona fallecida o sus deudos.

El segundo asunto, plantea reformar el artículo 202 y adicionar un 202 BIS del Código Penal del Estado en materia de tratamiento indigno de cadáveres, es decir: imponer prisión de cinco a diez años a quien oculte, destruya o sepulte un cadáver, feto o restos humanos, sin la orden de la autoridad correspondiente e incrementarlas en una tercera parte cuando la conducta se haya realizado para obtener un beneficio económico o por lucro.

Por último, asunto que establece reformar el artículo 273 y adicionar los artículos 225 BIS, 225 TER, 274 BIS, 274 TER, 274 QUATER y 274 QUINQUIES, todos de la Ley Estatal de Salud y que hablan de que los cadáveres no identificados, no podrán ser enviados a la fosa común antes de 30 días naturales, a excepción de los casos en que la autoridad sanitaria, el Ministerio Público o la autoridad judicial, autorice u ordene su conservación por más tiempo en el que se esperará la identificación de los mismos.

También, señala que para el caso en el que los cadáveres vayan a permanecer sin inhumarse o incinerarse, por más tiempo del establecido, deberán conservarse de conformidad con los procedimientos que determinen las autoridades sanitarias competentes, la Ley General de Salud, su reglamento y demás disposiciones legales.

Todas las funerarias del estado que ofrezcan el servicio de cremación, procurarán contar con un crematorio propio, en caso de no tenerlo, podrán contratar los servicios de un tercero mediante un convenio de prestación de servicios de cremación, en el que se establezca la responsabilidad solidaria de ambas empresas en cualquier riesgo, actuación ilegal o afectación a terceros.

De igual manera, la Secretaría de Salud deberá realizar mensualmente, la revisión a panteones, cementerios y crematorios para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas y demás ordenamientos locales y federales; el incumplimiento de ello, será sancionado administrativa y/o penalmente con independencia de la responsabilidad que les resulte de conformidad con la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Chihuahua.

Cabe mencionar que de igual manera, se votó en sentido positivo el proyecto de dictamen sobre la “Ley David”, misma que trata de sancionar a quien altere, modifique, destruya o retire los elementos que identifican la propiedad de ganado o animales domésticos.

En esta reunión de trabajo estuvieron presentes las y los diputados: Francisco Sánchez en su calidad de presidente, Irlanda Márquez como secretaria, así como vocales: Xóchitl Contreras, Jael Argüelles y Pedro Torres.

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