Hoy es 23 de Noviembre de 2024, Chihuahua, MX.

• Una de las víctimas logró escapar de la casa de seguridad en donde los mantuvieron cautivos

La Unidad de Investigación de Delitos contra la Vida de la Fiscalía de Distrito Zona Centro, obtuvo un auto de vinculación a proceso, dictado en contra de la imputada Karina P. R., por los delitos de homicidio calificado, homicidio calificado en grado de tentativa y privación ilegal de la libertad.

En la continuación de la audiencia inicial, la agente del Ministerio Público expuso datos de prueba que acreditan la posible participación de la imputada en los hechos cometidos entre el 03 y el 05 de agosto de 2024, en un domicilio ubicado en la privada de Barranca de Urique de la ciudad de Chihuahua.

Las investigaciones ministeriales establecen que participó como cómplice auxiliadora en el homicidio cometido a una víctima del sexo masculino y en el homicidio en grado de tentativa de otro masculino que logró escapar de sus captores.

De acuerdo con las indagatorias, la víctima que sobrevivió, fue privada de su libertad el día 03 de agosto de 2024, por varios sujetos que lo interceptado en la Avenida Tecnológico y lo llevaron a bordo de un vehículo hasta el domicilio ubicado en la privada de Barranca de Urique.

Durante el tiempo que lo tuvieron cautivo, fue golpeado al igual que otra víctima que falleció el día 05 de agosto de 2024, en el mencionado lugar.

La víctima con identidad reservada al ver que no estaban sus captores en la vivienda, logró escapar y llegar hasta una farmacia ubicada en la Avenida Juan Escutia en donde pidió auxilio.

La imputada Karina P. R., fue detenida el pasado jueves 22 de agosto por elementos de la Agencia Estatal de Investigación que le cumplimentaron una orden de aprehensión y ahora enfrentará su situación jurídica bajo la medida cautelar de prisión preventiva.

Las investigaciones ministeriales continúan para identificar y detener a los demás involucrados.

**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, la imputada se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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