El Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) resolvió que el “sorteo o tómbola” realizado por el IEE es inconstitucional, pues no está regulado en la Constitución Federal o la Ley Electoral, además que no trae un beneficio a las personas más desprotegidas o mujeres y si afecta al cancelar una candidatura que sí cumplió con los requisitos que exige la Ley.
📸19° Sesión Pública de Pleno de 2024.
Se resolvieron diversos medios de impugnación, relacionados con el registro de candidaturas.
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El Tribunal ordenó que se regresaran las candidaturas que habían sido canceladas de manera indebida por el Instituto. En 11 expedientes, de claves JDC-069/2024, RAP-107/2024, JDC-158/2024, JDC084/2024, RAP-088/2024, JDC-089/2024, JDC-101/2024, JDC-118/2024, JDC-119/2024, JDC-122/2024, JDC-139/2024.
Destacan casos como el de José Luis Villalobos García y su suplente David Ramos Félix, a quienes se les había cancelado su candidatura a la elección de Diputaciones plurinominales, debido a que en la lista de candidaturas del PRI se incumplía con la obligación de postular personas con discapacidad. En este caso el TEE ordenó la aprobación de su registro ya que cumplieron con los requisitos de Ley.