Cuestiona diputado Pedro Torres cuál será el actuar de FGE por caso de hermano de magistrada

El diputado Pedro Torres Estrada, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, realizó ante el Congreso del Estado 11 cuestionamientos dirigidos a César Gustavo Jáuregui Moreno, Fiscal General del Estado, para que fije postura sobre el caso de libertad adelantada a un sentenciado por el delito de secuestro y que es hermano de una magistrada en funciones.

Explicó el legislador respecto al caso del sentenciado Édgar Hernán, condenado a una segunda sentencia de 37 años de prisión por el delito de secuestro, con fecha original de excarcelación proyectada hasta el 9 de enero de 2057. El cual generó preocupación social al conocerse la determinación inicial del Juez de Ejecución de Penas, Juan Carlos Erives, de concederle el beneficio de la semilibertad. ‘Permitir que un secuestrador solo se interne en el penal de viernes a domingo es, a todas luces, una burla a la seriedad de la pena y un riesgo innecesario para la sociedad’ reclamó Torres Estrada.

Sin embargo en este asunto se señaló, es de reconocer la actuación de la Fiscalía de Distrito Zona Centro al interponer de inmediato el recurso de apelación, que habla de compromiso con la legalidad. Pero también dijo el congresista por morena, es la coincidencia temporal de estos hechos, ya que la decisión original de semilibertad se tomó a finales de septiembre, a tres semanas después de que entrara en funciones el nuevo Poder Judicial del Estado, siendo el punto de mayor preocupación en que el sentenciado beneficiado con la semilibertad es hermano directo de la Magistrada Nancy Josefina Escárcega Valenzuela, integrante del Tribunal de Disciplina Judicial. Función que tiene dicho Tribunal es investigar y sancionar las faltas.

Ante el panorama descrito señaló el diputado juarense, el Congreso como garante del equilibrio de poderes y de la legalidad, le solicita responder de manera oficial al titular de la Fiscalía General del Estado las siguientes preguntas:

A) Sobre la Resolución y el Proceso Judicial

1. ¿Cuál es la postura oficial de la Fiscalía sobre el resolutivo emitido en respuesta al recurso de apelación de la toca 93/2025, que anula la semilibertad y ordena reponer el procedimiento?

2. ¿Qué fallas o inconsistencias identificó la Fiscalía en la decisión original del Juez de Ejecución de Penas, Juan Carlos Erives Fuentes, que llevaron a apelar la concesión del beneficio de semilibertad al sentenciado Édgar Hernán?

3. ¿Qué implicaciones tiene el cambio del Juez de Ejecución de Penas para la nueva audiencia? ¿Garantiza la Fiscalía que este cambio asegurará una aplicación más estricta de la ley en casos de delitos graves como el secuestro?

4. ¿Puede la Fiscalía confirmar si la anulación de la resolución y la reposición del concedimiento de la semilibertad son el resultado de un análisis profundo sobre la correcta aplicación de la Ley Nacional de Ejecución Penal en este caso específico?

5. ¿De qué manera la Fiscalía está preparando la argumentación para la audiencia de revisión de la medida cautelar y la impugnación de la causa penal 226/2025, para asegurar que se mantenga la pena de 37 años de prisión originalmente impuesta por el delito de secuestro?

B) Sobre los Tiempos y la Transparencia

1. ¿Se tiene una fecha estimada para la audiencia de revisión de la medida cautelar y la asignación de la nueva Sala Penal que estará a cargo de la impugnación, como lo ha solicitado la Fiscalía?

2. ¿Qué medidas tomará la Fiscalía para garantizar la máxima transparencia en este nuevo proceso judicial, considerando la preocupación pública que generó la primera determinación de semilibertad en un caso de secuestro?

3. Dado que el cambio en la sentencia se dio a finales de septiembre, «tres semanas después de que entrara en funciones el nuevo Poder Judicial», ¿ha identificado la Fiscalía alguna posible relación o patrón con otros casos similares derivados de la entrada en vigor del nuevo Poder Judicial?

C) Sobre el Impacto y la Prevención

1. ¿Qué mensaje envía la Fiscalía, bajo su dirección, a las víctimas de secuestro y a la ciudadanía en general al apelar y lograr la anulación de un beneficio de semilibertad a un sentenciado por un delito tan grave?

¿Considera la Fiscalía que este caso pone en evidencia la necesidad de revisar y/o clarificar los criterios de aplicación de la figura de semilibertad para sentenciados por delitos de alto impacto como el secuestro?

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