Ley de Amparo es desconfianza al libre mercado y economía; señala Canacintra

El presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra) Armando Gutiérrez Cuevas dio a conocer que la Ley de Amparo es una desconfianza al libre mercado y desarrollo económico.

“Sentimos que es una ley que va a romper la equidad entre los particulares para defenderse de ciertos actos y el hecho de que los amparos que se dan en la misma materia que no se hagan de manera colectiva sino que nada más se aplican a los que se amparan sentimos que también va a complicar un poco la procuración de justicia y abuso de las autoridades, sentimos que es una ley que representa un retroceso con desconfianza para el libre mercado y desarrollo económico”, comentó.

La Ley Amparo va avanzando en la cámara de senadores, por lo cual pasa a la Cámara de Diputados una vez que se vota posiblemente a favor se paralizará nuevamente un recurso en el poder judicial.

Cabe destacar que a nivel nacional, la Canacintra dio a conocer el siguiente posicionamiento ante dicha ley:

Reconocemos la intención del Ejecutivo Federal de agilizar procesos y sancionar dilaciones en la justicia. Sin embargo, consideramos que algunos de los componentes de la propuesta podrían tener consecuencias negativas para la seguridad jurídica de la industria nacional:

1. Redefinición del interés legítimo: La iniciativa limita el interés legítimo a quienes acrediten una “lesión jurídica real, actual y diferenciada”. Esto restringe la defensa de derechos colectivos y dificulta que cámaras empresariales u organizaciones puedan proteger normas de interés común, por ejemplo, en materia ambiental o de competencia. Expertos advierten que esta definición “entorpece la admisión de amparos” y excluye a actores que tradicionalmente han defendido a comunidades y sectores completos.

2. Limitación de las suspensiones provisionales: La reforma excluye la posibilidad de suspensión inmediata en casos clave como bloqueos de cuentas, deuda pública, sistema financiero, telecomunicaciones y competencia económica. En términos industriales, significa que una empresa podría perder de inmediato su concesión o autorización, aun si más adelante un juez le da la razón. Esto genera un riesgo regulatorio severo y desincentiva la inversión.

3. Restricciones a la ampliación de demanda y a la suspensión de actos fiscales: Se elimina la posibilidad de ampliar la demanda en la mayoría de los casos y se limita el amparo contra procedimientos fiscales de ejecución y prescripción de créditos firmes. Esto deja a las empresas con menos vías para defenderse de decisiones tributarias que pueden afectar seriamente su liquidez y continuidad operativa.

4. Imposibilidad jurídica o material de cumplimiento de sentencias: La iniciativa permitiría que las autoridades queden exentas de responsabilidad penal si alegan imposibilidad jurídica o material para acatar una sentencia. Esta disposición podría debilitar la efectividad de los amparos ganados por empresas, ya que las resoluciones a su favor podrían no traducirse en una reparación efectiva.

5. Exclusión de suspensiones en sectores estratégicos: Telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica quedan expresamente fuera de la posibilidad de suspensión. Para las industrias que dependen de concesiones y autorizaciones en estos sectores, esto implica vulnerabilidad inmediata frente a actos administrativos, aun cuando resulten ilegales.

octubre 3, 2025 2:55 pm

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