Hoy es 15 de Marzo de 2025, Chihuahua, MX.

• Elementos de la Fiscalía de Operaciones Estratégicas le cumplimentaron el mandato judicial por su presunta implicación en privación de la libertad y extorsión

• Le dictan prisión preventiva

La tarde del 13 de marzo del 2025, elementos policiales de la Fiscalía de Operaciones Estratégicas, ejecutaron orden de aprehensión en contra de Antonio M. G., quien se desempeñaba como comandante de la Policía Municipal en Puerto Palomas, municipio de Ascensión.

Lo anterior, derivado de que el pasado mes de febrero, dos elementos pertenecientes a dicha corporación en ese poblado, quienes estaban bajo el mando del ahora detenido, habían sido aprehendidos por mismos hechos, mientras que él se encontraba huyendo de la justicia.

Gracias a las labores de investigación policial de los Agentes de Operaciones Estratégicas, el imputado fue asegurado en la carretera Galeana-Buenaventura, a la altura del Oxxo Lagunitas, en la colonia Abdenago C. García, municipio de Galeana, Chihuahua.

Los hechos que dieran motivo a la emisión de la orden judicial en su contra, tuvieron lugar a principios de 2024, cuando el ahora detenido con ayuda de diversos agentes, privaron de la libertad a un joven que se encontraba en las afueras de un conocido bar ubicado sobre la calle 5 de mayo, del poblado de Puerto Palomas, a quien, mediante forcejeos y golpes lo subieron a una unidad oficial trasladándolo e ingresándolo a las celdas de la Comandancia de Policía.

En ese lugar continuó siendo golpeado y amenazado, mientras se exigió el pago de 10 mil pesos a sus familiares para dejarlo en libertad.
El día de hoy, se llevó a cabo la audiencia de formulación de imputación, en donde un Juez de Control dictó la medida cautelar de prisión preventiva, agendándose audiencia de vinculación a proceso para el próximo miércoles 19 de marzo a las 14:00 horas.

**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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