Hoy es 15 de Marzo de 2025, Chihuahua, MX.

• Negó tener conocimiento de dónde se encontraba y hasta participó en la pega de pesquisas en la ciudad

La Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia, obtuvo un auto de vinculación a proceso, dictado en contra de la imputada Guadalupe G. Q., por el delito de falsedad ante la autoridad, en perjuicio de la sociedad.

La imputación a cargo de un agente del Ministerio Público de la Unidad de Niñas, Adolescentes y Mujeres Ausentes, establece que, en octubre del 2024, el DIF reportó que una adolescente de 14 años de edad se salió sin autorización de un Centro de Asistencia Social ubicado en la colonia Robinson, en la ciudad de Chihuahua, por lo que de inmediato se activó el Protocolo Alba para su búsqueda y localización.

Entre las indagatorias ministeriales, el 14 de noviembre de 2024, los agentes entrevistaron a la madre de la menor y en su declaración se condujo con falsedad al declarar que desconocía el paradero de su hija, señalando que la última vez que la vio fue en agosto de 2024, ocultando a la autoridad que tenía pleno conocimiento del lugar en el que se encontraba.

Dentro de la investigación, se declararon testigos y se recabó material video gráfico que contradecían el dicho de la mujer y en cambio, acreditaban que la recogió y la llevó al domicilio de un familiar, en donde estuvo todo el tiempo que duró la búsqueda.

El Juez de Control del Distrito Judicial Morelos conocedor de la causa penal, enfatizó que la conducta cometida por la imputada fue errónea al utilizar un tema delicado para obtener un fin, mediante acciones contrarias al interés superior de la adolescente.

“Además, se trata también de una mujer y al tratar de ocultarle a la autoridad el paradero de la misma, e inclusive, realizar actuaciones de pegar pesquisas, se infringen cuestiones de orden público en el contexto de violencia de género que actualmente vivimos”, expresó el juez.

De acuerdo con el Juzgador: “en dicho contexto se recrimina al Estado la ausencia de actuación respecto de la desaparición de mujeres y, sin embargo, en este caso se hace mal uso de estas conquistas o de estos movimientos como es la búsqueda a través de colocación de pesquisas, que, según los hechos, aparentemente son falsas. Pero que en el contexto de una desaparecida más, es decir, una estadística más, porque estas cifras se recriminan, se reprochan al Estado justificadamente día con día, entonces, en ese contexto de violencia de género que actualmente vivimos, es inválido contarle mentiras a la autoridad, aún y cuando sea con la finalidad o con un fin aparentemente noble”.

El juzgador aludió que el tema es de interés del Derecho Penal, “precisamente porque son en pro del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, a ser encontradas y a que no se haga mal uso de las herramientas o de la recriminación al Estado por quienes si se encuentran desaparecidas”.

**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, la imputada se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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Nancy De León

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